Se registró y publicó decisión en la cual este Juzgado de Sustanciación del JNSCARC, Se pronunció sobre el escrito de pruebas presentado en la Audiencia de juicio celebrada en fecha 18 de noviembre de 2020, por los abogados KATHLEEN BARRIOS BALZÁN Y FERNANDO JAVIER DELGADO RIVAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 246.803 y 235150 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil RIGO TRADING S.A, identificada en autos, en consecuencia, se ADMITIÓ la prueba denominada "DOCUMENTAL"; se ADMITIÓ la prueba LIBRE promovida; finalmente se ORDENÓ notificar al REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI), y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA esta última conforme al art. 98 del Decreto Ley que rige sus funciones, transcurrido dicho lapso y él de evacuación se remitirá al JNSCARC, conforme al art. 85 de la LOJCA.