DECISIÓN
Con fundamento en las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; en virtud de solicitud presentada por la Abogada Rita Petit, Auxiliar de la Fiscalía Décima del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre y considerándose procedente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301 único aparte del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR LA DESESTIMACION DE LA DENUNCIA que fuera planteada en fecha 06 de mayo de 2005 por el ciudadano Manuel Felipe Marín, de 36 años de edad, residenciado en Urbanización Cumanagoto II, Calle Aeropuerto, Casa N° 22 de Cumaná Estado Sucre; por hechos que tipifican el delito de Daños, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, señalando como autor al ciudadano Luis Alfredo Córdova, p.....