Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso accesorio de adhesión a la apelación, ejercido en este Tribunal el 03 de agosto del 2005, por el abogado ALEJANDRO RODRIGUEZ PAGAZANI, en su carácter de apoderado judicial de los solicitantes, ciudadanos JESÚS ALBERTO HERRERA VERA, ANNA PIETRANGELI DE STOPPA, JULIA TERESITA RODRÍGUEZ DE KHAZAM, ESTRELLA JOSEFINA PEROZA DE TRUJILLO y ESTEBAN GUILLERMO VILLAPAREDES GARCIA, y, por ende, improcedentes las peticiones formuladas por ellos a través de dicha adhesión. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada IRENE HILEWSKI, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ENRIQUE CORREA TRUJILLO e IRAIMA SÁNCHEZ DE.....