DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: se CONDENA a la ciudadana MAGADA AMARELYS LOZADA DE SUAREZ, C.I: V-7.321.301, de 46 años de edad, comerciante de oficio, 4° semestre de administración instrucción, nació en fecha 23.05.60, natural de esta ciudad, residenciado Calle 29 entre 30 y 31, bloque 14, entrada 02 apartamento 03-03, a sufrir la pena de UN (01) AÑO de prisión, por la comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, prevista y sancionado en el Art. 466 Ord. 1 del Código Penal.
SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal vigente.
TERCERO: Se Mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el 256 numeral 4 del Código.....