las razones anteriormente expuestas este Tribunal en función de Ejecución Nº 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONCEDE EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, al ciudadano JUAN RAFAEL PEREZ YEPEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.404.799, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479 ordinal 1°, 500 del Código Orgánico Procesal Penal y 66 de la Ley de Régimen Penitenciario.
Regístrese la presente decisión y remítase con oficio al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara, al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, a la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario “Dra. Nilda Lucrecia Hernández”, al Director del Centro de Pernocta del Internado Judicial de Barquisimeto, Estado Lara. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público a la Defensa y al penado.