Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declarñó Titulo Supletorio de Propiedad, a favor de ELENA JOSEFINA CAMINO MONTILLA, sobre una casa ubicada en la Calle Principal de Vericallar Municipio maripño del Estado Sucre, dentro de los siguientes linderos, Norte:propiedad que es o fue de Danaiel Villegas; SUR: propiedad que es o fue de Rengel Neomilme; Este: propiedad que es o fue de Juan Camino y Oeste: Calle Principal de Vericallar Municipio Mariño, Estado Sucre.