Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE al acusado FRANCISCO MANUEL HERNÁNDEZ GÓMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-20.991.066, estado civil soltero, de 19 años de edad, residenciado en el barrio la Democracia, sector la franja de la Llanada, casa S/Nº, Cumaná, Estado Sucre; de la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el Artículo 405 concatenado con el artículo 83 del Código Penal en perjuicio de CARLOS EDUARDO AGUILAR CARRASQUERO (OCCISO), ROBO AGRAVADO y ACTOS LASCIVOS, en perjuicio de la ciudadana MARIANELA JOSÉ IDROGO; en consecuencia se le absuelve de la responsabilidad penal por el citado delito en el hecho objeto del presente juicio.-