Este Tribunal, Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador demandante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, única y exclusivamente en cuanto a los conceptos laborales que fueron expresamente señalados en el libelo, y en la presente acta transaccional con su debida cuantificación, dándole efecto de COSA JUZGADA, exhortando a las partes a dar cumplimiento con los parámetros establecidos en el presente acuerdo. De esta acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, déjese copia en el archivo para el respectivo copiador de sentencias.
LA JUEZA
ROSIRIS CECILIA RO.....