Visto el CONVENIMIENTO efectuado por ante el Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 29-06-04, por el Abogado PEDRO PEÑALOZA DUARTE (parte actora) y MANUEL ALEXANDER BARROETA ANTONILI (parte demandad), el Tribunal da por terminado el presente juicio de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil