Por todas las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano OSWALDO JESÚS ANDARA SILVA, cédula de identidad V-15.709.614, actuando en su condición de primer suplente de la ciudadana Judith Josefina Vega Moreno, concejal titular del Concejo Municipal del Municipio Falcón, Estado Cojedes, asistido por las abogadas Evelyn Rincón y Liliana Garcés, Inpreabogado N° 56.211 y N° 118.348, respectivamente, contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO FALCÓN, ESTADO COJEDES, y en consecuencia, se ordena al Concejo Municipal del Municipio Falcón, Estado Cojedes, incorporar al ciudadano Oswaldo Jesús Andara Silva, como Concejal de ese órgano legislativo, motivado a su designación como .....