Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
e) Este Tribunal hace entrega de los escritos de pruebas y sus recaudos a ambas partes.
f) Se acuerda expedir dos (2) copias certificadas de la presenta acta.
EL JUEZ,
GLADYS MIJARES LUY
EL DEMANDANTE Y SU ABOGADO ASISTENTE
EL APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA
Abg. DAYANA TOVAR