DISPOSTIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas número 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por expresa remisión del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, DECLARA, PRIMERO: Sin lugar la solicitud de arresto domiciliario, solicitado por la Defensa del imputado LEONEL RAMÓN ALASTRE ROJAS, venezolano, con cédula de identidad número V.-19.722.449. SEGUNDO: Se exhorta al Director o Directora del Cuartel General de la Policía o Comandancia General de Policía del estado Lara a que realice todo lo conducente para la protección del imputado, ciudadano LEONEL RAMÓN ALASTRE ROJAS, venezolano, con cédula de identidad número V.-19.722.449, mientras se encuentre en ese c.....