impone del auto de ejecución de la sentencia al adolescente xxxxxxxxx, quien fue sancionado a tres (03) años y cuatro (04) meses de privación de libertad por la comisión de los delitos de cómplice en la ejecución del delito de homicidio intencional, tipificado en el artículo 405 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1 del artículo 84 ejusdem, en perjuicio del ciudadano xxxxxxxxx, y el delito de resistencia a la autoridad, previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano.
Conforme a la Circular N° 139-2008, de fecha 11-11-2008, remitida por el Juez Presidente encargado del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Dr. Julián Gregorio Hurtado Lozano, se ordena al Secretario del Despacho, gestionar lo pertinente para que el funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, al momento de incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la pagina Web del Tribunal Supremo de Justicia, vele por que no se vulneren los.....