este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, SECCION ADOLESCENTE EN FUNCION DE , CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley conforme a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decreta el Sobreseimiento Definitivo y declara concluido el presente procedimiento a favor del adolescente Identidad Omitida, por el hecho ocurrido el día 29-08-2001, a las 4:00 de la tarde, en la Panadería Pico pan, ubicada en la urbanización Francisco de Miranda, Vereda ll, N° 22, Guanare, Estado Portuguesa, en virtud de haber transcurrido un año desde que se dictó Sobreseimiento Provisional sin que la Fiscal del Ministerio Público haya solicitado la reapertura del procedimiento Por cuanto se pone fin al proceso se ordena notificar a las partes.
En Guanare, a los Veinte días del mes de septiembre del año 2004.
LA JUEZ DE CO.....