Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la causa, a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA). Por la Comisión del Delito del Aprovechamiento de vehículo Automotor proveniente del Robo, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley de Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, según lo previsto en el articulo 318 ordinal 3 del en concordancia con el artículo 45 ordinal 8, Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 561 literal D ibidem. Notifíquese a las partes. Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellado en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control Nº 1, en la ciudad de Barquisimeto a los (20) días del mes de Septiembre del dos mil cinco. (20-09-05).
La Juez de Control Nº 1
Mercedes C. Vásquez de.....