DECISIÓN
Por las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano SIMON IVAN OSTA OSPINO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.288.379 en contra de la sociedad mercantil LA FERIA DE LAS PINTURAS 12, C.A.
En consecuencia se le condena a pagar a LA FERIA DE LAS PINTURAS 12, C.A. a la parte demandante la cantidad de SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y SIETE (Bs. 69.594,57), debiendo deducirle el monto consignado mediante la oferta real de pago, de acuerdo al siguiente detalle:
CONCEPTOS MONTOS CONDENADOS
Antigüedad 35.157,07
Días adicionales 3.351,04,
Vacaciones y Bono Vacacional pagados y no disfrutados 33.350,00
Utilidades fraccionadas 1.087,50
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