Por las consideraciones antes expuestas es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: IMPROCEDENTE la revisión de medida preventiva de privación judicial de libertad decretada en contra del acusado FRANCISCO GABRIEL GUTIÉRREZ HERNÁNDEZ, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149, concatenado con el segundo aparte, de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, por cuanto no han variado las circunstancias que motivaron al Juzgado de Control a decretar la medida de coerción personal, referida a los supuestos de Ley establecidos en los ordinales 1, 2 y 3° del artículo 250 del Código Orgánico Procesal penal, decisión que se dicta de conformidad con lo establecido en el artí.....