Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara de oficio la falta de jurisdicción para conocer de la presente demanda por Ilegalidad de Construcción, Demolición de Obra y Daños Materiales y Morales Derivados de Hecho Ilícito, interpuesta por las ciudadanas Carolina Del Valle Martínez Andueza e Irma Josefina Martínez Aponte, contra los ciudadanos, Elio José Palavicini Soto y Jacsy Yaneth Lemoine Martínez, antes identificados.
Se ordena remitir de manera inmediata el presente expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de la consulta ordenada en el artículo 59 en concordancia con el artículo 62, ambos del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sa.....