En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: SE REVISA LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA a la sancionada IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificada, por el lapso de UN (01) AÑOS CUATRO (04) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS , previstas en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Determinándose que ha cumplido CINCO (05) MESES, Faltándole por cumplir ONCE (11) MESES y VEINTISESIS (26) DIAS. SEGUNDO: Se fija como fecha para PRÓXIMA REVISIÓN para el día MARTES (21) DE FEBRERO DE 2017 Impóngase a la sancionada. Notifíquese a las partes. Remítase Copia Certificada al Departamento de Servicio Social. Diarícese, Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.-