A C U E R D A el ARCHIVO en la presente causa, por el lapso de UN (1) AÑO, a favor del Adolescente------ Estado Carabobo. Se revocan las medidas cautelares contenidas en los literales ¿c¿ y ¿e¿ del artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente que le fueron impuestas a dicho adolescente en la audiencia de presentación