CAPITULO IV
DECISIÓN
En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la demanda por DIVORCIO (abandono voluntario), incoada por el ciudadano Gilver Joan Martínez, venezolano, mayor de edad, con domicilio en la Urbanización Santa Cruz de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 8.604.260, contra la ciudadana Elena Margarita Flores Ojeda, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 8.614.530. En consecuencia, se declara disuelto el matrimonio civil que fue contraído por los mencionados ciudadanos en fecha 26/09/1989, por ante la Prefectura del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, según acta de matrimonio No. 179, folio 59.....