/Se dicto auto resolutorio mediante el cual este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a los ciudadanos: VIRMARIS DEL VALLE PEREZ LUCES, ZULEYMA YAJAIRA PEREZ LUCES, IDARMIS DE LA ROSA PEREZ GALARRAGA y MIRIAN COROMOTO PIMENTEL MENDEZ, ya identificados, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-