este Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley condena al ciudadano: YOHAN JHOSE BRICEÑO PIÑA, venezolano, mayor de edad, buhonero, titular de la Cédula de Identidad personal Nº 17.786.189, nacido el día 17-02-83, de 30 años de edad, residenciado Tierra Negra, Barrio Simón Bolívar con Negro Primero, casa Nº D-41 de esta ciudad, hijo de María Piña y Raúl Briceño, a cumplir la pena de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano, sea la medida cautelar sustitutiva de libertad debiéndose presentar cada 30 días ante la URDD hasta que el Tribunal de Ejecución decida lo conducente .Se ordena remitir el arma incautada al Parque de Armas y Explosivos. Regístrese, publíquese, y remítase al Juez de Ejecución el en lapso de Ley.