Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado MARCO ANTONIO ROMAN AMORETTI, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA DEL ROSARIO ROMAN AMORETTI, contra la sentencia dictada el 28 de marzo de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: CON LUGAR la defensa perentoria de FALTA DE CUALIDAD E INTERÉS DE LA QUERELLANTE PARA INTENTAR Y SOSTENER LA PRESENTE CAUSA, opuesta por el abogado FERNANDO FACCHIN BARRETO, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LIBIO UZCATEGUI y ELVA MERCEDES BOYER.- TERCERO: SIN LUGAR la querella interdictal inc.....