Este Tribunal Superior las normas anteriormente citadas, se infiere que en el presente asunto consta la manifestación de voluntad expresa por el ciudadano Jorge Luis Garcés García, Inpreabogado Nº 43.962, representante legal de la sociedad mercantil Distribuidora Hermanos Gouveia II, C.A., de DESISTIR de la presente causa, según se desprende de la diligencia de fecha 15 de octubre de 2012, en consecuencia, se dan los supuestos previstos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, resultando procedente HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO formulado del Recurso Contencioso Tributario. En este sentido, este Tribunal Superior da por terminada la presente causa y ordena el archivo del expediente. Así se decide.