este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná; actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara Con Lugar lo Solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público y en consecuencia, se acuerda orden de aprehensión en contra del adolescente xxxxxxxx, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-xxxxxxxxxnatural de Cumaná, de 16 años de edad, nacido en fecha 30-12-98, soltero, de profesión u oficio no definido, residenciado en la Calle principal, sector el Estadio, casa sin número, parroquia Raúl Leoni, Santa Fe, Municipio Sucre; a quien se le iniciara la presente causa, por la presunta comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto en el Artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en relación con el artículo 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano xxxxxxxxx; con fundamento en los artículos 44 ordin.....