Con fundamento lo expuesto anteriormente, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Declara: Perimida la Instancia en la causa que por Desalojo Arrendaticio interpusieran Yorley Niño Sánchez, Ninoska Sánchez y Bionixza Sánchez, a través de abogado, contra Rosmary Peña, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA PARA ARCHIVO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de lo Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Guacara a los Veinte (20) días del mes de Diciembre de 2007 Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
Abg. SANDRA BRETT CASTILLO
LA SECRETARIA
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