Por tanto este Tribunal OTORGA LA AUTORIZACION POR CUATRO (04) DIAS (ANTES SEÑALADOS), al penado se le concedió el Beneficio de REGIMEN ABIERTO en la fecha 22/010/07 ; y tomando en cuenta la progresividad que deben seguir el penado que se hagan acreedores de Beneficios, o Libertades anticipadas, y cuando el penado tiene en su haber una buena conducta, tomando en cuenta la Ley de Régimen Penitenciaria, y por otra parte, el articulo 272 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, así como rehabilitación del penado en la sociedad civil, se concede dicho permisos al penado MOSQUERA DUNO ANIVAL DE JESUS para que pernocte las fechas navideñas antes señaladas con sus familiares, sobre quien este Tribunal ejerce su control y seguimiento en el presente asunto, y así se decide. Ofíciese al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Cúmplase.-
Abg. ALICIA OLIVARES
Juez de Ejecución Nº 4
Abg. GLORIA GARCIA
Secretario