SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados José Alejandro Alcalá Salazar y Simón Enrique Malave Cumana, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-10.219.459 y No V-10.461.215, abogados en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 64.251 y 64.781, respectivamente; actuando como defensores de confianza de los ciudadanos Eduardo Korbut Maestre y Walter Korbut Maestre, mediante la cual se indican como conculcados por la Fiscalía Octogésima Cuarta del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Materia Penal Tributaria y Aduanera, el derecho a la defensa, al debido proceso e igualdad entre las partes; y DECLINA su conocimiento en el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al referido Tribunal. En Cumaná a los veintiún (21) días del mes de diciembre de dos mil once (2011).