DISPOSITIVA
En consecuencia, conforme a los argumentos antes señalados, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado RICHARD SANCHEZ, en su condición de defensor privado, contra la decisión dictada en fecha 18/04/2017 y publicada en fecha 20/04/2017 por el Tribunal Octavo de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal Nº GP01-P-2017-012821, mediante la cual se DECRETO MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD, a su representado FRANCISCO SANCHEZ, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en .....