PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el cien por ciento (100%), del dinero habido en la cuenta corriente N° 0108-0105210100119154, de la entidad Bancaria Provincial el cual se encuentra a nombre del demandando ciudadano JOEL ARMANDO FLORES MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V- 14.700.810, domiciliado en esta ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil.