Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. La revocación de las medidas de Libertad asistida y reglas de conducta impuestas al sancionado "OMISSIS"; a quien se le sigue el presente asunto, por la comisión de los delitos de Ocultamiento Ilícito De Sustancias, Estupefacientes, Y Psicotrópicas, Resistencia A La Autoridad, Hurto Calificado y Homicidio Intencional En Grado De Frustración, previstos y sancionados en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, 218, 453 ordinales 3 y 4, y 405 en relación con el artículo 80 todos del Código Penal Vigente; en perjuicio de La Colectividad, el Estado Venezolano, y los ciudadanos Clelia Sandra Guerra y Jorge Luís Martínez Rivera, por el cumplimiento de la medida de privación de libertad por el lapso de: cuatro (04) meses, de .....