Se dictó el Sobreseimiento de la Causa, respecto al acusado Wilgen Alfredo Mejías, por cuanto consta en las actuaciones, instrumentos fehacientes que acreditan la muerte del acusado. Todo ello, de conformidad con lo establecido en los articulos 322 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, Numeral 1., eiusdem