En este estado habiendo el Tribunal admitido la acusación fiscal de conformidad con el artículo 578 literal a ejusden procede a imponer al adolescente imputado del procedimiento especial por admisión de los hechos para la imposición inmediata de la sanción, habiendo manifestado el imputado su negativa a acogerse a dicho procedimiento y su deseo de ir a juicio oral, razón por la cual el Tribunal ordena el enjuiciamiento, admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, salvo la copia simple del documento de propiedad, que cursa al folio 46 de la causa, en virtud que el mismo no constituye un documento orinal, en consecuencia no cumple los requisitos para ser promovido como una prueba a criterio de este Tribunal, se admite la adhesión a las pruebas hecha por la defensa, por estimarse legales, necesarias y pertinentes. Vista la solicitud de que se mantenga la medida cautelar, hecha por la defensa a favor de su defendido, este Tribunal Segundo de Control de Adolescentes, estan.....