DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos ya expuestos, este Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando Justicia en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas, de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda, que por concepto de OBLIGACION ALIMENTARIA han intentado las adolescentes: omite, representadas por su madre ciudadana: DUNIA JOSEFINA HERNANDEZ PEREZ, en contra del ciudadano: ALEXIS GILBERTO PALMA HERNANDEZ, asistido en gran parte del proceso por el abogado: VITO ARTURO DALESIO MASTROLONARDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 101.180, y así queda decidido. En consecuencia cúmplase la presente sentencia tal y como fue establecido en la motiva de la misma