En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana, JOSE MANUEL DIAZ MORENO en contra de la empresa MOTOREPS C.A .
SEGUNDO: Se condena al pago por los conceptos reclamados especificados y condenados en la presente sentencia por la cantidad de CUATRO MILLOSNES TRSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 24 CENTIMOS (Bs.4.435.759,24) o CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES (BsF 443.575.)
TERCERO: Se condena, igualmente, a la demandada al pago de los intereses moratorios sobre prestaciones sociales por el recalculó o compensación monetaria que en materia económica vive el país, cuyo monto s.....