CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: RAMÓN JESUS FERNANDEZ e ISABEL SAUDITH PINEDO AMAYA, venezolanos, mayores de edad, jurídicamente capaces, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- V-11.746.807 y V-7.172.450, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio ROSALBA QUINTANA DEPABLOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número Nº 91.705, de este domicilio.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y que fuera contraído en fecha 19 de Junio de 1999 , por ante Registro Civil del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, tal como se evidencia de la copia certificada de acta de matrimonio, asentada bajo el Nº 11.....