En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre, en fecha 17 de diciembre de 2013. SEGUNDO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, vista la diligencia consignada por la representación judicial de la parte actora inserta al folio 101 de la presente causa. TERCERO: SE MODIFICA el fallo apelado, y se condena en costas al demandante CARLOS JAVIER BETANCOURT MAGO, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.284.727, de conformidad con los artículos 59 y 64 de la Le.....