DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por el abogado GUSTAVO ENRIQUE GIL SALDOVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 212.199, apoderado judicial del ciudadano JOSE ENRIQUE CARRILLO PEÑALVER (solicitante), en contra de la decisión dictada en fecha 27 de enero de 2025 y Publicada en fecha 28 de enero de 2025, por el Tribunal Noveno en Función de Control Penal del Circuito Judicial del estado Carabobo, con ocasión a la ENTREGA PLENA DEL VEHÍCULO a favor del ciudadano GIUSEPPE CAMPOS APARICIO (solicitante). SEGUNDO: Se declaran INADMISIBLES los medios de pruebas ofrecidos por el recurrente, por considerar que los mismos no son necesarios ni útiles, ello, conforme lo di.....