/Por lo que se ha excedido sobremanera los lapsos previstos para realizar el Juicio Oral y Público, y agotado como han sido en muchas de dos veces las convocatorias para la Constitución del Tribunal Mixto conforme al Art. 164 del COPP, este juzgadora en pleno convecimiento del grave daño que ocaciona a los derechos de los imputados, se acuerda Fijar Juicio Oral y Público conTribunal Unipersonal de conformidad con el Artículo 342 del COPP. Notifíquese.