PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN, interpuesta por el ciudadano MARBELI OMAIRA VIZCAYA, titular de la Cédula de Identidad N° 11.429.421, en contra de la empresa PANADERÍA, PANIFICADORA, PASTELERÍA Y CHARCUTERÍA ESTERLICIA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo, bajo el N° 09, Tomo 27-A, de fecha 08-06-2001.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se deja constancia que el lapso de apelación comenzará a correr a partir de la publicación del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, lunes (21) de marzo de 2005. Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
Abog. FRANK RODRÍGUEZ LUNA
JUEZ
Abog. LORELY PINEDA MONASTERIOS
SECRETARIA
Nota: En esta misma fecha, lunes (21) de marzo de 2005, siendo las 12:00 PM, se .....