En este estado, la Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, vista de que la mediación ha sido positiva y la exposición de ambas partes, observa: a) que ellas versan sobre los derechos litigiosos; b) que constan por escrito; y c) que contienen relaciones circunstanciadas de los hechos que la motivaron así como de los derechos que en ella se comprenden; por lo cual este Tribunal constatando que se ha dado cumplimiento a los extremos a que se contrae el artículo 9 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo-, HOMOLOGA en los términos expuestos por las partes Martina Bello, titular de la cédula de identidad número: V.-14.463.473, representada por el ciudadano Abogado Manuel Rivas, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 86.061 y la empresa "VIGILANCIA PRIVADA SEVIPAL, C.A.", representada por la ciudadana Abogado Verónica Palacio Hurtado, Inscrita en el Instituto de Pre.....