Decisión
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena los jóvenes plenamente identificado, cumplan la medidas Imposición de Reglas de Conducta por el lapso de un (1) año y de la cual se le imponen como obligaciones: a) Residir en un lugar determinado. b) No portar ningún tipo de armas c) Mantener tratamiento psiquiátrico para superar el problema de drogadicción. d) No incurrir en un nuevo hecho delictivo. Servicios a la Comunidad, por el lapso de seis (6) meses, por la comisión del delito de Robo Agravado previsto en el artículo 460 del Código Penal anterior.
Fíjese audiencia por secretaria para el día 07 de Junio de 2007, a las 2:00 pm, para la imposición de la medida por las cual fue sancionado, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan.
El Juez de Ejecu.....