DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la pretensión intentada por los ciudadanos CONSUELO MELENDEZ DE JIMENEZ, BELKIS MERCEDES MELENDEZ GARCIA y RAFAEL JOSE MELENDEZ ISEA, representados por los abogados: FRANYULY PASTORA SIERRA RODRIGUEZ y REYBER JOSE PIRE GUTIERREZ contra el ciudadano JAIRO ANTONIO VALENCIA, todos identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE. En consecuencia, se condena al demandado a realizar la entrega del inmueble identificado como un local comercial distinguido con el N° 4 y un garage anexo al mencionado local, ubicados ambos, en la planta baja del Edificio Pirital, en la carrera 29 con calle 37 de esta ciudad de Barquisimeto.---------------------------------------------------
Se condena a la parte demandada al pago de costos y costas por haber resultado totalmente vencida, ello conforme .....