DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho intentado por el apoderado judicial de la parte demandada reconviniente en contra del auto del 06-03-2014 que negó oír la apelación interpuesta contra la sentencia de fecha 14-02-2014 dictada por el JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA; En consecuencia, se ORDENA al Juzgado a-quo oír en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto.
Remítase copia certificada de esta sentencia con oficio al Juez A-quo, y archívese la presente causa.
Queda así REVOCADO el auto apelado.
Regístrese, publíquese y archívese.