En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 48 numeral 6 y artículo 318 numeral 3 declara la extinsión de la acción penal por cumplimiento del acuerdo reparatorio y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano LEONARDO AGUIAR ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.163.718. Líbrese los respectivos Oficios. Cúmplase.
Carina Zacchei Manganilla
Juez Sexto e Función de Control
María E. Villanueva
Secretaria