En consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD del ciudadano JEAN CARLOS LOPEZ MARIN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad número 16.197.831, de 21 años de edad, soltero, residenciado en Creolandia, calle unión, casa sin número, Punto Fijo, Estado Falcón, IMPONIÉNDOLE a su vez las medidas cautelares previstas en los ordinales 3º. y 4º. del artículo 256 Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación periódica ante el alguacilazgo todos los días sábados en un horario comprendido entre las 8:30 de la mañana y 3:30 de la tarde y la prohibición de salir sin autorización del Tribunal de la península de Paraguaná. Se ordena librar boleta de libertad y notificación a los fines de que el acusado comparezca ante este Tribunal el día.....