DISPOSITIVA
En virtud de las observaciones realizadas de cumplimiento de la sanción impuesta, este Tribunal Primero de Primera instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA de REGLAS DE CONDUCTA, POR EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA MISMA, AL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, por haberse cumplido su objetivo en el tiempo en que este cumplió con la misma, de conformidad con la función conferida en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia se declara que a partir de la presente fecha no queda sujeto a ningún tipo de restricción ni sanción por parte de este Tribunal. Se deja constancia que a pesar de que no se realizo la decisión judicial de cesación de la presente causa en su oportunidad tampoco se le causo perjuicio al sancionado. Notifíquese a las partes, cítese al j.....