Por todo lo antes expuesto este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento, incoada por el abogado Pedro Luís Hernández León, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Aura Elena García de Tang, contra la ciudadana Nellis Cosmelina Centeno, representada Judicialmente por el abogado Luís Felipe Leal Totesaut. Ambas partes identificadas en autos. En consecuencia se declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes. Se emplaza a la ciudadana Nellis Centeno, parte demandada a entregar el inmueble desocupado libre de personas y bienes.-
Se condena en costas a la demandada, por resultar totalmente vencida, en la presente causa, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-