En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 375 eiusdem, resuelve: Primero: CONDENA al ciudadano ROMEL ALEJANDRO ROLDAN VASQUEZ, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.800.918, de 40 años de edad, soltero, nacido en fecha 18/09/1973, de profesión u oficio Militar Retirado, natural y residenciado en Intercomunal Coro La Vela, sector Los olivos Urbanización Villa de León, calle Guaibacoa, casa N°: 44 la pena DIECISIETE (17) AÑOS UN (01) MES Y VEINTISEIS (26) DIAS Y TRES (03) HORAS de prisión, por los delitos de VIOLENCIA FISICA, establecido en el articulo 42, de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, VIOLENCIA SEXUAL estab.....